|
|---|
| TEMA |
| TEMA 1 EMPRESA |
| TEMA 2 PROYECTO EMRESARIAL |
| TEMA 3 LOCALIZACIÓN |
| TEMA 4 SIMULACIÓN DE EMPRESAS |
| TEMA 5 ARCHIVO Y COMUNICACIÓN |
| TEMA 6 PRODUCCIÓN Y APROVISIONAMIENTO |
| TEMA 7 OPERACIONES ADMINISTRATIVAS |
| TEMA 8 GESTIÓN TRIBUTARIA |
| TEMA 9 CONTABILIDAD Y EMPRESA |
| TEMA 10 MÁRKETING |
| TEMA 11 GESTIÓN FINANCIERA |
| FINANCIACIÓN |
| 1 FINANCIACIÓN A LARGO PLAZO |
| 1.1 CRÉDITO |
| 1.2 HIPOTECA |
| 1.3 PRÉSTAMO |
| 1.4 EMPRÉSTITO |
| 1.5 LEASING |
| 1.6 RENTING |
| 1.7 AMPLIACIÓN DE CAPITAL |
| 1.8 AUTOFINANCIACIÓN |
| 2 FINANCIACIÓN A CORTO PLAZO |
| 2.1 CRÉDITO AL CONSUMO |
| 2.2 DESCUENTO DE PROVEEDORES |
| 2.3 DESCUENTO DE EFECTOS |
| 2.4 PAGOS PENDIENTES |
| 2.5 FACTORING |
| 2.6 CONFIRMING |
| 2.7 DESCUBIERTO BANCARIO |
| 2.8 FRAUDES |
| 3 FINANCIACIÓN EMPRENDEDORES |
| 3.1 FINANCIACIÓN EMPRENDEDORES ARAGÓN |
| 3.2 INSTITUTO DE CRÉDITO OFICIAL |
| 3.3 CROWDFUNDING |
| 3.4 SUBVENCIONES |
| 1 INVERSIÓN |
| 1.1 RENTA FIJA |
| 1.2 RENTA VARIABLE |
| 1.3 FONDOS DE INVERSIÓN |
| 1.4 PLANES DE PENSIONES |
| 2 BOLSA |
| 2.1 ANÁLISIS FUNDAMENTAL |
| 2.2 ANÁLISIS TÉCNICO |
| 3 PRESUPUESTO |
| 3.1 PRESUPUESTO PERSONAL |
| 3.2 PRESUPUESTO DE TESORERÍA DE LA EMPRESA |
| 3.3 PLAN DE VIABILIDAD ECONÓMICO FINANCIERO DE LA EMPRESA |
| 3.4 PRESUPUESTO GESTIÓN ADMINISTRATIVA |
| 3.5 PRESUPUESTO ADMINISTRACIONES PÚBLICAS |
| 3.6 PRESUPUESTO UE |
| 4 AHORRO |
| 5 SEGUROS |
| 6 FRAUDES |
| 7 CRIPTOMONEDA |
| 8 FORMAS DE PAGO |
| 8.1 RECIBO |
| 8.2 CHEQUE |
| 8.3 CUENTA CORRIENTE |
| 8.4 TARJETA |
| 8.5 PAGARÉ |
| 8.6 LETRA DE CAMBIO |
| 8.7 MÓVIL |
| 8.8 INTERNET |
| 8.9 FRAUDES |
| 9 FINANZAS ÉTICAS |
| TEMA 12 RECURSOS HUMANOS |
Un préstamo es una operación financiera por la cual una persona (prestamista) otorga mediante un contrato o acuerdo entre las partes, un activo (normalmente una cantidad de dinero) a otra persona (prestatario), a cambio de la obtención de un interés (precio del dinero). |
Fuente: https://economipedia.com/definiciones/prestamo.html
Se entiende como contrato de préstamo de dinero a aquel en el que una entidad (prestamista) facilita una cantidad, en una divisa determinada, con el compromiso de que el solicitante (prestatario) la devuelva en las condiciones pactadas (plazo de devolución, cuotas, etc.), abonando los correspondientes intereses y comisiones.
¿De qué partes se compone un contrato de préstamo?
Como en la mayoría de operaciones de índole económica, jurídica o legal, a la concesión de un préstamo debe preceder la firma de un contrato que le confiera validez legal (y plenas garantías). Aunque no es obligatorio que este se concrete ante un notario (puede tratarse de un contrato privado), si se recomienda que un abogado supervise el contrato de préstamo una vez se haya redactado.
Si bien un contrato de préstamo entre particulares puede variar, en sus términos, con respecto a otros, existen una serie de elementos que son comunes a todos:
- Tipología de préstamo: indican la clase del mismo, ya sea rápido, personal o hipotecario.
- Importe: cantidad que se recibe y que se debe reembolsar (junto a los intereses)
- Plazo de vencimiento: periodo de tiempo que se tiene para devolver el importe (y los intereses).
- Intereses: precio que se paga por el préstamo del dinero.
- Amortización del capital: condiciones en las que el prestatario puede devolver parcial o totalmente el dinero prestado.
- Comisiones: cantidad a abonar por las operaciones que deriven del préstamo.
- Condiciones de finalización del contrato en caso de incumplimiento de las obligaciones del mismo.
Además, el contrato de préstamo debe incluir, inicialmente, tanto al prestamista (entidad bancaria) como al prestatario (solicitante del préstamo), así como la forma en la que se hará entrega del dinero u objeto, junto a las garantías adicionales.
Simulador de Préstamos Personales y Créditos - Banco Santander
TEMA AMORTIZACIÓN DEL PRÉSTAMO
CONTRATO DE PRÉSTAMO MERCANTIL COMPLETAR
CONTRATO DE PRÉSTAMO MERCANTIL
En ..................., a ... de ...................... de ....
REUNIDOS
De una parte, como PRESTAMISTA,
D./Dª............................................ , mayor de edad, con domicilio en........................., número........... de la localidad de................... , con Documento Nacional de Identidad número ................., actuando en representación de la entidad mercantil denominada................... , (según poder otorgado ante D./Dª......................................... , notario de.......................... .
La sociedad mercantil ………………., tiene domicilio social en …………………de la localidad de.............................. y C.I.F. Número....................... , constituida mediante escritura otorgada por el Notario D./Dª.................................. , de la localidad de............................. , en fecha - - , al número de su protocolo.......................... , e inscrita en el Registro Mercantil de ........................., Libro................. , Tomo............... , Folio............. , Hoja........... .
Y de otra, como PRESTATARIO,
D./Dª............................................ , mayor de edad, con domicilio en........................., número........... de la localidad de................... , con Documento Nacional de Identidad número ................., actuando en representación de la entidad mercantil denominada................... , (según poder otorgado ante D./Dª......................................... , notario de.......................... , en calidad de...................... de la sociedad mercantil citada),
La sociedad mercantil …………….., tiene con domicilio social en ........................ de la localidad de.............................. y con C.I.F. Número....................... , constituida mediante escritura otorgada por el Notario D./Dª.................................. , de la localidad de............................. , en fecha - - , al número de su protocolo.......................... , e inscrita en el Registro Mercantil de ........................., Libro................. , Tomo............... , Folio............. , Hoja........... .
Ambas partes se reconocen la capacidad legal necesaria para formalizar el presente CONTRATO MERCANTIL DE PRÉSTAMO CON INTERESES en el concepto en el que intervienen en el mismo, y de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA.- PRÉSTAMO. El PRESTAMISTA presta al PRESTATARIO la cantidad de ................ euros, que se hace efectiva en este acto, mediante................... (ingreso o transferencia bancaria de la cuenta del PRESTAMISTA a la cuenta del PRESTATARIO, entrega de cheque bancario, etc....), sirviendo la firma del este documento como formal carta de pago y recibo de la citada cantidad.
SEGUNDA.- DEVOLUCIÓN DEL CAPITAL E INTERÉS. El PRESTATARIO se obliga frente al PRESTAMISTA a la devolución del capital prestado con un interés anual, pactado por las partes, del ..... por ciento (.... %), siendo pagadero dicho interés por periodos vencidos......................... (mensualmente, trimestralmente, semestralmente, anualmente).
Asimismo, la falta de pago del importe del capital o de los intereses pactados a su vencimiento, devengará un interés de demora del ........por ciento (.... %) anual; sin que sea necesario para ello el requerimiento previo por parte del PRESTAMISTA.
TERCERA.- PLAZO DE DEVOLUCIÓN. El capital prestado deberá devolverse como máximo en el plazo de ..... a contar desde el día de de la firma del presente contrato, es decir, como máximo durante todo el día .. de ..... de .......
CUARTA.- DEVOLUCIÓN ANTICIPADA DEL PRÉSTAMO. El PRESTATARIO podrá devolver de forma anticipada, total o parcialmente (puede pactarse también que las cantidades entregadas de forma anticipada no sean inferiores a determinada cantidad o a determinado porcentaje del capital prestado), el principal prestado más los intereses respectivos calculados hasta la fecha en que se realice la entrega anticipada, documentándose por medio de recibos anexos al presente documento las cantidades objeto de entrega anticipada y las cantidades que queden pendientes en concepto de principal y de intereses exigibles hasta la fecha de vencimiento pactada. (O, en su caso, "El PRESTATARIO no podrá realizar, ni obligar al PRESTAMISTA a aceptar, pagos parciales a cuenta del total del capital prestado con anterioridad a la fecha del vencimiento del presente contrato de préstamo").
QUINTA.- PRÓRROGA DEL CONTRATO. Las partes, de común acuerdo, podrán pactar una prórroga al presente contrato en caso de que llegado el vencimiento, la deuda no se haya reintegrado.
SEXTA.- GASTOS. Todos los gastos e impuestos que se deriven de la formalización del presente contrato, serán a cargo del PRESTATARIO, con entera indemnidad para el PRESTAMISTA.
SÉPTIMA.- INCUMPLIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. El incumplimiento por parte del PRESTATARIO de cualquiera de las obligaciones contraídas en virtud del presente contrato facultará al PRESTAMISTA para resolver el contrato antes del plazo de vencimiento pactado, siempre que medie requerimiento previo al PRESTATARIO del cumplimiento de sus obligaciones. Transcurridos _..__ días desde el citado requerimiento sin que aquél atendiere el contenido del mismo, quedará resuelto de pleno derecho el presente contrato; con las consecuencias jurídicas a que hubiere lugar legalmente.
OCTAVA.- DOMICILIO DE NOTIFICACIONES. A los efectos de recibir cualquier notificación relacionada con los derechos y obligaciones derivados de este contrato, las partes designan como domicilios los que figuran al encabezamiento de este documento.
NOVENA.- LEGISLACIÓN APLICABLE. La interpretación de las cláusulas del presente contrato se realizará de conformidad con la legislación española. En consecuencia, el presente contrato se rige, en lo no pactado expresamente en él, por lo dispuesto en el Código de Comercio, las leyes especiales que lo regulen, los usos mercantiles y el Código Civil.
DÉCIMA.- FUERO. Las partes, con expresa renuncia al fuero propio que pudiera corresponderles, deciden someter cuantas divergencias pudieran surgir por motivo de la interpretación y cumplimiento de este contrato, a la Jurisdicción de los Jueces y Tribunales del ..................... (domicilio del prestatario, del lugar de cumplimiento de la obligación, ....)
Y en prueba de conformidad, firman ambas partes el presente contrato, por duplicado ejemplar, en todas sus hojas y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados al principio de este documento.
Fdo.: EL PRESTAMISTA.
Fdo.: EL PRESTATARIO.
|
|
|
|
||||||||||||
|
|
||||||||||||||
|
||||||||||||||
|
||||||||||||||
|
||||||||||||||
ACTIVIDAD 1
Los riesgos de avalar a un familiar: "Si lo hubiera sabido nunca habría firmado"
Juan Carlos y María Soledad son un matrimonio zaragozano que lleva diez años respondiendo por la vivienda del hermano de ella, que no pudo hacer frente a la hipoteca. 5/3/2023 heraldo

Juan Carlos López de la Manzanara y María Soledad Sauco, avalistas.
Para conseguir una hipoteca a veces es necesario contar con avalistas. El banco pide que haya otra persona que responda por las deudas, en caso de dificultades para pagar. Esta suele ser un familiar. En momentos como el actual con el euríbor desbocado, que multiplica las cuotas mensuales de la hipoteca en las revisiones de este año, las personas que avalaron a otras pueden tener más miedo a tener que ser ellos quienes acaben pagando la deuda. María de la Soledad Sauco lleva haciéndolo desde hace más de diez años.
María Soledad firmó en 2007 como avalista en una escritura de préstamo hipotecario de su hermano que incluía, sin ella saberlo, lo que se llama un pacto de afianzamiento garantizando de forma solidaria. Se queja de la falta de información porque ha terminado respondiendo ella con parte de sus bienes y su sueldo antes incluso que el hipotecado. "Si lo hubiera sabido nunca habría firmado", asegura esta zaragozana, ahora convaleciente tras un accidente de tráfico. "Las palabras textuales que me dijeron en el banco las tengo metidas en la cabeza: 'Esto es un mero trámite para hacer un préstamo puente hasta que tu hermano pueda poner en venta su otra vivienda", recuerda sobre el día que acudió a la firma. Cuando se pusiera a la venta pensaba que desaparecería ese 'préstamo puente' y su responsabilidad.
"Yo pensaba que al avalar un préstamo hipotecario, si el deudor no paga, primero se quedaban con el inmueble hipotecado, después con cualquier otro patrimonio del deudor y, al final, el avalista responde de lo que quede", cuenta su marido Juan Carlos López de la Manzanara, que no figura como avalista, pero que le han afectado también las consecuencias económicas, y que ha ido recopilando toda la información del caso.
Su abogado, Alejandro Marín, advierte de que cuando un ciudadano firma como avalista en un préstamo por una vivienda "no entiende que el banco puede ir contra su patrimonio, que puede elegir entre el deudor o el avalista a la hora de cobrar", añade Marín, delegado de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) en Aragón. Esto es lo que ocurrió en este caso. Ella ha ido respondiendo y teniendo hasta que hipotecar su casa.
Aval solidario
En 2010 le llegó la primera comunicación del banco diciéndole que su hermano no había pagado algunas cuotas del préstamo. "Nos dijeron que no nos preocupáramos", recuerda su marido.
Ellos estaban pagando todavía la hipoteca de su casa, pero les faltaba muy poco para terminar de amortizarla. "El día que se enteraron en el banco que habíamos pagado ya se pusieron más serios y nos dijeron que si no pagábamos nos quitaban nuestra vivienda", cuenta él. Fue el principio de una serie de notificaciones y negociaciones con la entidad financiera para buscar una solución y el inicio de estos largos años de lucha, que ha terminado en los tribunales, y que no todas las personas de su entorno conocen. Ahora han decidido dar un paso al frente para hacer pública su situación, tras no conseguir resolverla ni en las negociaciones con el banco ni en el juzgado. Su abogado intentó en su día, sin éxito, que la citada cláusula se declarara nula por abusiva al haberse producido un error en el consentimiento.
La entidad ha venido defendiendo que ellos conocían la responsabilidad que aceptaban con el aval. El año pasado el Tribunal Supremo tampoco les dio la razón.
Marín alerta sobre la falta de información. Pese a que la figura del avalista parezca algo conocido, como apuntan los tribunales en las sentencias que han ido recibiendo, cree que la mayoría de la gente no entiende el alcance de la responsabilidad que se contrae al convertirse en avalista solidario o con la renuncia de derechos. Alerta especialmente contra la citada cláusula llamada 'pacto de afianzamiento'. Se trata de una "cláusula no negociada individualmente, que la entidad financiera ha impuesto de forma sistemática a sus préstamos hipotecarios, renunciando el avalista a derechos (excusión, división, orden), así como imponiendo la solidaridad", detalla, atendiendo a la que incluía el citado caso, que avaló una operación con Caja Laboral.
"Si nos dicen que un avalista solidario, que yo no había oído nunca lo que era, está en peores condiciones que el deudor, yo no firmo eso"
"Nunca se le explicó que la entidad podría dirigirse contra ella, y no contra la vivienda hipotecada", recalca. Con la renuncia que incluye el préstamo hipotecario en el que se incluye el aval, se coloca al avalista "en idéntica situación que el deudor principal".
En el citado caso, el abogado recalcó en su demanda que la cláusula "va en contra de las exigencias de la buena fe, en perjuicio del consumidor", que existe un "desequilibrio manifiesto" de los derechos y obligaciones de las partes y una "onerosidad excesiva e injustificada". El préstamo hipotecario garantizado ascendía a 425.000 euros y la tasación de la finca era de 469.800 euros, por lo que la valoración del bien "cubría la totalidad del dinero prestado". Denunciaron la falta de información e incluso errores en la redacción del préstamo.
"Si lo explicaran nadie firmaría", entiende María Soledad. "Si nos dicen que un avalista solidario, que yo no había oído nunca lo que era, está en peores condiciones que el deudor, yo no firmo eso", recalca Juan Carlos. Después de tener pagada su casa tuvieron que volver a hipotecarla para afrontar los pagos y embargos. Cuentan que su hermano y cuñado, el deudor, habría tratado de llegar a algún acuerdo con la entidad financiera, para vender su casa o alquilarla, pero tampoco lo habría logrado.
"Para los deudores hipotecarios hay muchas garantías, pero para los avalistas no hay una información específica"
"Para los deudores hipotecarios hay muchas garantías, pero para los avalistas no hay una información específica", lamenta el abogado de la pareja. "El avalista responde con todos sus bienes", añade.
"Que informen", pide ella, para que no le ocurra a nadie más. Mantiene el tono calmado al repasar lo vivido estos años, pero no puede ocultar la "rabia e impotencia" que siente por dentro, sumada a la preocupación. Espera que todavía se pueda encontrar una solución. Piden más protección a los avalistas. "Siguen siendo los grandes olvidados en los préstamos hipotecarios", denuncia su marido.
1¿Qué es un avalista?
2¿Qué está ocurriendo en los momentos actuales?
3¿Qué le dijeron en el banco?
4¿Qué es un avalista solidario?
5¿Cuál ha sido el final del itinerario judicial?
6¿Qué implica el pacto de afianzamiento?
7¿Puede el banco embargar los bienes del avalista en primer lugar antes que embargar la vivienda?
ACTIVIDAD 2
Completa el contrato de préstamo con tus datos:
CONTRATO DE PRÉSTAMO MERCANTIL COMPLETAR
ACTIVIDAD 3
¿Qué cuotas mensuales tendrás que pagar pr un préstamo de 100000 euros a un TAE 5%?
Simulador de Préstamos Personales y Créditos - Banco Santander
ACTIVIDAD 4

ACTIVIDAD 6

| EMPRESA | PROYECTO EMPRESARIAL | MÁRKETING | ATENCIÓN AL CLIENTE |
| CANAL EMPRESA | CANAL EMPRENDEDORES | CANAL MK | CANAL MK |
|
![]() |
![]() |
![]() |
| PRRLL | EMPLEO PÚBLICO | TRABAJO | |
| CANAL RRHH | CANAL OPOSICIONES | CANAL BÚSQUEDA DE EMPLEO | |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
| COMUNICACIÓN | SEGURIDAD SOCIAL | RETRIBUCIONES Y SALARIO | PARTICIPACIÓN Y NEGOCIACIÓN |
| CANAL COMUNICACIÓN | CANAL SEGURIDAD SOCIAL | CANAL SALARIO | CANAL NEGOCIACIÓN COLECTIVA |
| GESTIÓN TRIBUTARIA | GESTIÓN FINANCIERA | BOLSA | |
| CANAL TRIBUTACIÓN | CANAL FINANZAS | CANAL BOLSA | CANAL PELÍCULAS |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
| PRODUCCIÓN Y APROVISIONAMIENTO | LOCALIZACIÓN | SIMULACIÓN | CONTABILIDAD Y EMPRESA |
| CANAL PRODUCCIÓN | CANAL LOCALIZACIÓN | SIMULACIÓN | CANAL CONTABILIDAD |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |





























